Según mi opinión la Constitución es un árbol, del
cual emanan muchas ramas, en este caso serian las leyes que nos rigen.
A lo largo de los años la misma ha sufrido varias
modificaciones, evidentemente cada gobierno lo hace de acuerdo a su
conveniencia. Aunque es la Carta Magna de la
Republica Dominicana, vemos como cada día es violada
talvez, por desconocimiento o por que los que la violan la conocen muy bien.
Desde la primera Constitución que fue hecha en San
Cristóbal, el 06 de noviembre del 1844, a la cual el presidente Santana por
conveniencia, hizo que se le agregue un articulo mas el 210, ya que el entendía
que los demás artículos no le favorecían, y que en cambio le quitaban algunos
derechos.
Pero con relación al artículo 49 que es el que
realmente nos interesa como periodistas, les diré lo siguiente.
La vigente Constitución en su reciente reforma el 26
de enero de 2010, nos permite ver el papel de periodista y Comunicadores en los distintos medios de
comunicación ante la opinión publica en su artículo 49.
Uno de los puntos mas relevantes en dicho artículo es
la libertad de expresión y difusión del pensamiento, lo que nos otorga el
derecho de ir directamente a cualquier tipo de fuente en busca de la
información, ya sea privada o de orden publica y expresarla de manera objetiva.
En dicho articulo también queda evidenciado la
importancia del secreto profesional del periodista, el cual no debe ser
divulgado, siempre y cuando la patria o la vida de una persona estén en peligro.
También señala que cualquier persona que fuere lesionada u ofendida por alguna
información, difundida por algún medio de comunicación, la misma puede pedirle
al medio que se retracte.
Por: Vierka Sánchez
hi....
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